Vista igualmente la demanda de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Nº 1516-16 en la cual el segundo de los nombrados solicita la revisión de la Manutención, a fin de que se equipare la misma en relación a sus hijas y por cuanto en fecha SEIS (06) de OCTUBRE de Dos Mil Dieciséis (2.106) de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se HOMOLOGÒ el acuerdo suscrito entre las partes, es por lo que este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la circunscripción Judicial del Estado Aragua Acuerda DECLARAR TERMINADA la presente Causa