Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay, en fecha 08 de junio de 2022, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadano JAVIER ADOLFO ZABALA MIJARES, ya identificado, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0059-2019, de fecha 10 de junio de 2019, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRRAGORRY, SANTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA, COSTA DE ORO y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA, en el e.....