DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de Defunción correspondiente del ciudadano HECTOR JULIO JAIMES MONAGAS , en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua efectuar la debida corrección en el Acta No.4032, Tomo 17, del año 2016, en el sentido de que, donde dice hijo del fallecido se omitió el nombre del ciudadano HECTOR JESUS JAIMES PEREZ, siendo lo correcto hijo del fallecido ciudadano HECTOR JESUS JAIMES PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-12.141.856 vive (no) ".-
Segundo: Ofíciese lo conducente al referido Registrador Civil del Municipio Girardot del Estad.....