Este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela al folio 04 y su vuelto, suscrito por los ciudadanos JAROL ALEJANDRO PEREIRA BLANCO y DAVID DE GOUVEIA DE FARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.429.532 y V-12.994.884, respectivamente y de este domicilio, y por la otra parte, la Sociedad Mercantil MATADERO DE CERDOS MARIARA, C.A., registrado inicialmente por ante la Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Miranda, en fecha 18 de marzo de 1.983, bajo el Nro. 39 Tomo 31-A PRO, siendo su última modificación registrada por ante la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 15 de abril de 2.002, bajo el Nro. 30, Tomo 20-A, representado por su presidente, el ciudadano FRANCISCO DA SILVA MORGADO, venezolano, mayor de edad, t.....