PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentado por ante esta sede judicial el 02 de Diciembre de 2010, por las Abogadas: NATALYS MÁRQUEZ, Inpreabogado N° 39.260, Apoderada Judicial de la parte actora ciudadano OMAR FRANCISCO NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-11.346.424 y de este domicilio; y ELIZABETH PALMA, Inpreabogado N° 70.029, Apoderada Judicial de la accionada TRANSPORTE GOFFRE C.A., sociedad mercantil de este domicilio, constituida mediante documento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 29 de junio de 2004, bajo el N° 49, Tomo 743-A; por monto total de TRECE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 13.200,00). Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: SE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE ORDENA EL CIERRE Y ARC.....