Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la REDENCIÓN DE LA PENA, al ciudadano Mujica Hernández Pedro José, titular de la cédula de identidad Nº V-14.453.132, por un lapso de un (01) año, siete (07) meses, diez (10) días y doce (12) horas; de conformidad con lo establecido en los artículos 155 y 156 del Código Orgánico Penitenciario, en relación con el artículo 497 del Decreto con Rango y Valor de Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.