Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de noviembre de 2008, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. TERCERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos JAVIER ANTONIO YRUMBE GRANADILLO y ANGELA CUSTODÍA SANOJA, Venezolanos, mayores de edad, en contra de las sociedades mercantiles SERVICIOS MATISSE, S.R.L., TRANSPORTE GIOLVACA, C.A., y FÁBRICA DE PASTAS ALLEGRI, C.A. CUARTO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenato.....