Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano GABRIEL ALEJANDRO ZAPATA GUILLEN, Cédula de Identidad N°. V-18.369.972 contra COLY BORDADOS C.A., debidamente constituida e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua el 24/11/2005, bajo el N° 17, Tomo 69-A. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: Se ordena a la demandada cancelarle al reclamante la cantidad de: TRECE MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 13.320,95), por cada uno de los conceptos señaladas en la motiva de la presente sentencia. TERCERO: Se ordena practicar experticia complementaria del fallo, en cuanto al cálculo de los intereses sobre Prestación de Antigü.....