Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora CELIA ALEJANDRA RODRIGUEZ QUIJADA, NOLLIY JAQUELINE MENDOZA SERVITA y RAQUEL DESIRET CUEVAS HERNADEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-V-15.902.221, V-17.472.900, V-15.992.351, respectivamente, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 09:30 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y se firma el Acta.