Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano CELIS DEL VALLE ALEJANDRO, titular de la cedula de identidad N° V-12.927.913, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300.1 Y 304 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Notifíquese. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase