´Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el convenimiento celebrado en el presente juicio con motivo de la demanda por Reconocimiento de Documento Privado en su Contenido y Firma, seguida por los ciudadanos GIOVANNY EDILIO PINEDA CARRERO Y YELITZE DEL CARMEN TORO DE PINEDA, identificados con las cédulas de identidad Nº V-10.522.673 Y V-10.530.609 respectivamente, contra los ciudadanos RENE TORO VARGAS, JONATHAN ALEXIS TORO MONTILLA Y EIKER RENE TORO MONTILLA, identificados con las cédulas de identidad Nº V-3.398.297, V-12.382.261 Y V-10.530.608 respectivamente. En consecuencia, se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Expídase las copias certificadas que fueren menester a las partes y devuélvase el original del documento privado a.....