II.- DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA de éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para conocer de la apelación interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL TRIPLESIETE S.R.L. debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 02 de diciembre de 1988, bajo el No. 112, tomo 300-A; representada por la ciudadana SUSANA MARGARITA RUIZ DE SCHIAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.208.833, con domicilio procesal en la siguiente dirección: Avenida Mérida, galpón 29 la hamaca Brisas del Lago, de .....