Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del acta de Nacimiento de la ciudadana BELKIS COROMOTO FERNANDEZ SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7-196.991, por lo que en donde se asentó el nombre de su padre como FERNANDO DE JESUS FERNANDEZ COSTA, siendo lo correcto LAURINDO FERNANDES. De igual manera donde se asentó que era conyugue de la madre de la solicitante es incorrecto ya que no fueron casados siendo entonces su estado civil SOLTERO así como lo indica su cedula de identidad.-
Se ordena oficiar a los organismos respectivos, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento de la ciudadana BELKIS COROMOTO FERNANDEZ SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula.....