Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Nulidad del acta de instalación de audiencia preliminar, de fecha 24 de enero de 2022, cursante al folio dieciséis (16) del expediente, la devolución previa certificación en autos, del escrito de pruebas y sus anexos presentado por la parte actora, en la oportunidad señalada.
SEGUNDO: Reponer la causa al estado de notificar a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y a la demandada de autos, y una vez constando en el expediente la ultima notific.....