D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento incoado por los ciudadanos, CARLOS JOSE ESQUEDA CASTILLO y ZULMI DEL VALLE MARTINEZ DE ESQUEDA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.273.532 y V-9.659.351, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio, ERLINDA DEL CONSUELO ZAMBRANO DE CISNEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 154.051. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron los ciudadanos, CARLOS JOSE ESQUEDA CASTILLO y ZULMI DEL VALLE MARTINEZ DE ESQUEDA, supra identificados, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño .....