Se declaró INADMISIBLE la recusación interpuesta por el Abogado LUIS RAMÓN CRIOLLO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.980, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano NUMAN ALEXANDER CONTRERAS MARÍN, en contra del Abogado HÉCTOR CASTELLANOS AULAR, Juez a cargo del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, por extemporánea