DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recuro de apelación interpuesto por los abogados ELBA HAGUER OLIVERO y JUAN CARLOS GUTIERREZ CEBALLOS, en su condición de defensores privados del ciudadano LUIS ANTONIO BASTIDAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 7 de diciembre de 2011, por el Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Control del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta a su defendido.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto conforme a lo establecido en el artículo 447 numerales 5 y 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y 196 ejusd.....