Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación del ACTA DE NACIMIENTO, solicitada por la Abogada MARILU VALLES DE CADILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 239.186, apoderada judicial de ciudadana, SARA D´AMBROSIO DE HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.331.474, a los fines de dejar constancia que el nombre correcto de la PROGENITORA de la ciudadana SARA D´AMBROSIO DE HERNANDEZ, supra identificada es CARMEN ANGELICA TOVAR HERNANDEZ. En consecuencia, donde se dice: ".... hija en Carmen Tovar.....", debe decir: "....hija en Carmen Angélica Tovar Hernández, cedula de identidad V-3.686.044....". En consecuencia, se ordena remi.....