En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos YALITZA JOSEFINA SIFUENTES y JONNY JOSE ENCARNACION BLANCO MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-12.841.129 y V-8.725.823, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada JEYMI YASMIN PAREDES PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.722.956, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°268.894.
En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 03 de febrero de 1998, contrajimos matrimonio por ante la Prefectura Samán de Güere del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, .....