Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de de Primera Instancia Para la Responsabilidad Penal de Adolescentes en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando como Tribunal Unipersonal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE, a la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, por no haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la participación de la misma en los hecho por el cual se le acusó, como es la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y OCULTAMINTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 602 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, en cons.....