DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos o ciudadanas y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por el ciudadano: LUIS JESUS COVA GUERRERO, contra la ciudadana: MARÍA MAGDALENA GALAN, ambos identificados en autos. Y en consecuencia se declara extinguido el vínculo matrimonial que los unía desde el día 02 de Julio de 1982, en la cual contrajeron matrimonio ante la Prefectura del Municipio Valentín Valiente del Distrito Sucre, Estado Sucre.-
No hay condenatoria en costas, conforme al Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Liquidase la comunidad conyugal en caso de existir bienes.-
Publíquese y regístrese.- Ofíciese lo conducente a los organismos competentes.-
Dada, firmada y sellada en la Sal.....