Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide:PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción de Amparo Constitucional (Habeas Data), interpuesta por la ciudadana YURAMALY DEL CARMEN ISCULPI SUINAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.425.532, y de este domicilio, en contra del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS (C.I.C.P.C.) por la supuesta existencia de datos erróneos sobre la parte presuntamente agraviada. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional (Habeas Data), interpuesta por la por la ciudadana YURAMALY DEL CARMEN ISCULPI SUINAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.425.532, y de este domicilio, en cont.....