DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 11 de enero de 2024, por el abogado EDUARDO JOSÉ MOYA TOTESAUT, en su carácter de apoderado judicial del co-demandado JOSÉ LUÍS DE LECA CASTANHO contra el auto del 09 de enero de 2024, dictado por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que providenció la prueba promovida por la citada representación, en la demanda de disolución y liquidación de sociedad mercantil, incoada por el ciudadano ANTONIO DE LECA CASTANHO contra los ciudadanos JOSÉ LUÍS DE LECA CASTANHO y ANTONIO FRANKLIN DE LECA CORREIA, ambas partes identificadas en la primera parte .....