Por las consideraciones precedentemente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PASTORA CABRERA, mediante su apoderado judicial Abogado JESÚS CARRASQUEL ARMAS, identificado en auto, contra la Empresa TRANSPORTE TICA C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.