Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos KENIA KATIUSCA BARRIOS MORGADO e IVÁN JESÚS FANEITE CORTEZ, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante El Registro Civil del municipio Antonio José de Sucre del estado Aragua, quedando inserta bajo el número de Acta N° 281, de los libros de Registro Civil de matrimonio correspondientes. Con respecto a la partición de la comunidad conyugal solicitada, este Tribunal advierte a las partes que la misma debe ser tramitada conforme al artículo 173 del Código Civil. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal c.....