Este Tribunal OCTAVO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, en uso de sus atribuciones, en resguardo del debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, postulados constitucionales que rigen el proceso laboral y en apego a los criterios jurisprudenciales vinculantes en fase de ejecución; niega por IMPROCEDENTE lo solicitado, por la representación judicial de la parte actora referente a las costas procesales y honorarios profesionales. Es todo.