Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo, en Sede Constitucional, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: REVOCA la decisión de fecha 20/03/2024 por el juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede La Victoria. SEGUNDO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano DZIANIS HAUROSH, titular de la cedula de identidad N° E-84.581.105, en su carácter de apoderado general de la Sociedad Mercantil PSGT VENEZUELA S.A., asistida por el Abogado OPHIR IGNACIO CEPEDA GARCES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 98.957, en contra de la Jueza a cargo del Tribunal Octavo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria abogada EMILE REBOLLEDO.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase copia certificada digitalizada del presente fallo, al Juzgado Segunda de Primera Instan.....