Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto los abogados Ana Vivas y Marcos Gómez, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana REBECA NOHEMÍ JIMÉNEZ ZAMORA.