III
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de desalojo (oficina) interpuesta por el ciudadano MANUEL PAULO RODRIGUES PESTANA antes identificado, contra el ciudadano HENRY SALOMON GALICIA FRON antes identificado. CONDENÁNDOLO a hacer entrega del inmueble objeto del contrato, constituido por un apartamento, ubicado en el piso 03, oficina 07 del edificio "La Perla", calle Vargas Norte cruce con calle Rivas, sector Centro, jurisdicción del Municipio Girardot del estado Aragua y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con calle Rivas en medio de casa de Francisco Franco; SUR: Con casa que es ó fue de Clemente Hernández Cabeza; ESTE: Con calle Vargas que es su frente y OESTE: Que es ó fue de Rosa Ynojosa de Hernández y porción de terreno por calle .....