Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano NERIO OMAR GARCÍA VASQUEZ, contra la sociedad mercantil SANITAS VENEZUELA S.A., ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO: Notifíquese a las partes, así como a la representación Fiscal del Ministerio Público de la presente decisión.