D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos: LISBETH CAROLINA RAMIREZ DE ANGARITA y GERSON ALFONSO ANGARITA CASTRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad
Nros. V-17.175.576 y V-14.195.512 respectivamente,
y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía por ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, según
consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios, signada con el número 183, libr.....