Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua (actuando en Sede Constitucional), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, decide: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RAÚL ALFREDO RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.927.450, en contra de la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR, C.A. PLANTA TURMERO, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal estado Miranda, en fecha 14 de mayo de 1964, bajo el Nº 127, Tomo 10-A pro, con Registro único de Información Fiscal (R.I.F.) Nº J-00041312-6 y ubicada en la Carretera Nacional Vía Turmero Sector La Encrucijada, Diagonal a la Bomba Pdv, Municipio Santia.....