-III-
En este contexto, quien aquí decide considera que la inactividad por SEIS (6) o más de la Parte Actora en el Proceso de Amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la fijación de la oportunidad para la celebración de la Audiencia Oral, por falta de impulso del Accionante, ocasiona ABANDONO DE TRÁMITE conforme a lo que disponer el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y con ello, la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Ciudadano WINSTON GUILLEN ARIAS, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-13.732.687, de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio MARÍA VALENTINA RODRIGUEZ INPREABOGADO N°291.056; contra el Ciudadano JHONATHAN DAVID CONTRERAS PERALES mayor de edad, ti.....