este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de rectificación de acta de nacimiento solicitada por la ciudadana: NIDIA MAGDALENA SANCHEZ DE MENEGAZZO venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.813.782, debidamente asistida en este acto por el Abogado JOSE LUIS PINTO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 177.540, y de este domicilio. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior SE ORDENA la rectificación del acta inserta en los libros del Registro Civil de la Parroquia la Candelaria Departamento Libertador del Distrito Capital, bajo el acta Nro. 2862, de fecha 1 de Diciembre de 1965, donde dice: "NIDIA RODRIGUEZ" debe asentarse: "MARIA RODRIGUEZ" que es lo correcto, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondie.....