DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano VICTOR MANUEL DE FRENZA TOLEDO, identificado con la cédula de identidad N° V-9.444.366, contra la ciudadana YAMILIS DEL CARMEN GONZALEZ OSORIO, identificada con la cédula de identidad N° V-7.100.591. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 14 de enero de 1989, por ante el Registro Civil del Municipio Valencia del estado Carabobo, según se evidencia de acta asentada bajo el Nº 34, Tomo I, Año 1989, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Regístres.....