Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: Extinguido el Proceso en la demanda incoada por los ciudadanos MARÍA MATILDE, VIRGINIA DE JESÚS Y JORGE PASTOR ALMEIDA NIEVES, en contra MUNICIPIO RAFAEL GUILLERMO URDANETA DEL ESTADO ARAGUA. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria a costas de conformidad con lo establecido en el Articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide