DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal MIXTO Primero de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente declara DE FORMA UNANIME, CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al Adolescente xxxxxxxxxxxxxxx, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 274 del Código Penal Venezolano, y lo sanciona a cumplir con las medidas de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de dos (02) Años , y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de seis (06) Meses en forma simultanea. La sanción impuesta deberá ser cumplida en el lugar que fije la juez de Ejecución de esta Sección Penal de Responsabilidad Penal d.....