Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 20 de septiembre de 2010, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana DESIREE CECILIA JIMENEZ ZAPATA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.553.151, en contra de la sociedad mercantil GRUPO MECOTEX, C.A., y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, ya identificada, a cancelar a la demandante, ya identificada, la sum.....