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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los ALEXIS LEONIDAS SILVA Y MARIA ELENA CARRUIDO DE SILVA, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Números V-6.013.292 Y V- 6.526.642 , respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha veintiséis (26) de febrero de mil novecientos ochenta y uno (1981),