En atención a las anteriores consideraciones de hecho y derecho, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la Abogada Iris Brito, inscrita en el Inpreabogado N° 20.679, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana BELKIS YBARRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.019.930, en contra de la sentencia emitida en fecha 07 de agosto de 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. Y así se decide. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se REVOCA la sentencia impugnada. Y así se decide. TERCERO: Se ordena la reposición de la causa al estado de celebrar nuevo juicio oral y publico por otro Tribunal de Juicio de .....