Por las razones expuestas, ese Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL y, en consecuencia, el ABANDONO DEL TRÁMITE en el presente recurso de contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de medida de suspensión de efectos.