DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, perteneciente a la causante MARIA FERNANDA JUAREZ ZUVIZARRETA, quien en vida era venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-2.023.515, asentada bajo el Nº 24, Año 2002, en el libro respectivo llevado por ante el Registro Civil del Municipio Achaguas, estado Apure, presentada por el ciudadano RAMON SEGUNDO ESPAÑA JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.374.558, asistido por el abogado PEDRO JOSE CARDENAS SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 153.369.
Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión, conforme a lo previsto en .....