Por las razones que antecede este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y de Protección del Niño del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda de divorcio intentada por el ciudadano ERMINSUL OSORIO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.197.944, contra la ciudadana LINA MARGARITA ESPARRAGOZA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.381.779, identificado suficientemente en autos, en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los une contraído por ante la Prefectura de Cagua del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 02 de Octubre de 1993 conforme se evidencia del Acta de Matrimonio que corre inserta al folio (03) del expediente.
Con respecto a la descendencia de los cónyuges, el Tribunal no se pronuncia .....