DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal MIXTO Primero de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE a los ciudadanos: xxxxxxxxxxxxxxxx, por la comisión de los delitos de VIOLACION, tipificado en el articulo 374 y LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el articulo 416 ambos del Codigo Penal en perjuicio de la adolescente xxxxxxxxxxx, y xxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de VIOLACION, tipificado en el articulo 374 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente xxxxxxxxxxx y los sanciona a cumplir la medida de: PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de CINCO (05) AÑOS para el ciudadano xxxxxxxxxx y por el lapso de TRES (03) AÑOS, para el adolescente xxxxxxxxxxxxx prevista en el articulo 620 literal "f" en concordancia con el articulo 628 Parágrafo.....