D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar
sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, por los ciudadanos: CARMEN CUSTODIA DIAZ DE SUAREZ y JOSE CELESTINO SUAREZ PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-4.587.097 y V-4.977.496, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, según consta de la copia fotostática del acta de matrimonio Civil del día 22 de Enero de Mil Novecientos Setenta y Cinco (1.975), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antimano Departamento Libertador del Distrito Federal, según se evidencia se Acta de Ma.....