Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN, interpuesta por la abogado Yorgenis Alberto Peredes, en contra de la ciudadana Jueza, Dra. , Dra. Sheila Yubiri Romero González, a cargo Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE IMPONE al abogado recusante YORGENIS ALBERTO PAREDES FAJARDO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.129.430, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Matricular N° 165.832; LA MULTA de diez (10) Unidades Tributarias, conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: La multa antes impuesta deberá ser cancelada ante cualquier OFICINA RECEPTORA DE FONDOS NACIO.....