En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara INADMISIBLE el recurso de hecho ejercido por ante este Despacho, por la ciudadana: Antonella Romagni de la Corte, debidamente asistida por el abogado Silvio Andrés la Corte Salaverria inscrito en Inpreabogado bajo el Nº 127.911, en contra del auto de fecha 6 de octubre de 2011, que declaro la negativa del Recurso de apelación, contra la sentencia de fecha 3 de junio de 2011, la en el expediente Nro. 9256, nomenclatura interna de este Juzgado. Se ordena remitir por oficio con sus copias al Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, haciendo de su conocimiento la presente decisión.