Se dictó sentencia mediante la cual este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículo 465 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de no vulnerar el derecho a la educación que le asiste a todos los niños, niñas y adolescentes, consagrados en los artículo antes descritos, DECRETÓ MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA, a favor de la adolescente -----, para inscribirse en el Sistema Nacional de Ingresos de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU), así como proceder a la preinscripción en todas y cada una de las instituciones de educación superior que ella considere y cumpla con las necesidades requeridas para la continuación de sus estudios superiores, garantizándole así el cupo necesario o para la formalización de la posterior inscripción.-