En razón de lo cual, este Tribunal SUSPENDE el proceso seguido en contra del imputado JOSE LUIS SARAGOZA VASQUEZ, ALVARO PATETE Y CESAR MARQUEZ por un lapso de tres (03) meses, a partir de la presente fecha, imponiéndosele las siguientes condiciones: 1.- Donar 800 bolívares en alimentos no perecederos a la Casa de Abrigo José Mercedes Santeliz ubicado en la Vía a la población de La Pica del Estado Monagas, para lo cual se ordena oficiar a dicho ente a fin de informarle lo decidido, quien deberá informar sobre el cumplimiento o no de lo ordenado. De igual forma se ordena oficiar a FUNDACOMUNAL informando lo decidido. 2.- No incurrir en nuevo delito. 3.- Presentarse Cada 30 días por ante el Departamento de Alguacilazgo de esta Sede Judicial. Con lo anterior, se establecen las condiciones de la Suspensión Condicional del Proceso, estando debidamente notificado los acusados JOSE LUIS SARAGOZA VASQUEZ y ALVARO PATETE Y CESAR MARQUEZ que de no cumplir con las condiciones impuestas por e.....