En atención a todas y cada una de las consideraciones que anteceden; esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano RUBEN MARTIN ALIZA MACIAS, en su condición de Defensa Privada, de conformidad con lo establecido en el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación, presentado por el RUBEN MARTIN ALIZA MACIAS en su en su condición de Defensa Privada del ciudadano MARTIN ALEJANDRO ALIZA MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nº V-29.77.767, contra la decisión dictada en fecha ocho (08) de abril de dos mil veintidós 2022, en la causa signada bajo el Nº 1C-27.409-2022 (nomenclatura interna del A quo), mediante el cual se decreta Medida de Privación Judicial Preventiva d.....